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Venta de casa, adosado con 323 m2, 4 dorm, 4 baños, Apartamento en venta en Barranco Grande, Tenerife OPORTUNIDAD DE INMUBELE SIN POSESION, NO SE PUEDE VISITAR NI FINANCIAR, Ideal para Inversores. La...
Apartamento en venta en Barranco Grande, Tenerife OPORTUNIDAD DE INMUBELE SIN POSESION, NO SE PUEDE VISITAR NI FINANCIAR, Ideal para Inversores.
La propiedad esta OKUPADA.
¡Oportunidad Única en Santa Cruz Capital!
Descripción de la Propiedad:
Tipo: Dúplex
Superficie Construida: 91 m²
Sin Ascensor
Distribución:
Planta Baja (Primera Planta del Edificio):
Salón comedor con cocina americana
1 Baño
Planta Alta:
2 Dormitorios
1 Baño
Ubicación:
Zona excelente con acceso al tranvía y guaguas
Cercano a todas las ventajas y bellezas de Santa Cruz capital
Información Adicional:
Propiedad bancaria
Precio aún negociable
Gestión:
La gestión es por cuenta de la inmobiliaria
El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor y (vi) sin dotación de servicios y suministros.El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble y (v) los tramites que conlleven la obtención de la Posesión Judicial del Inmueble.La Propiedad no responderá de/l (i) estado de conservación (ii) los vicios vistos y aparentes (iii) la regularización registral o catastral (iv) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (v) la responsabilidad en la obtención de la cédula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vi) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior.Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente la ocupación, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. Si en la fecha de venta, la Propiedad hubiese interpuesto una denuncia penal, que se encontrase en curso, se comunicará al Juzgado la venta, apartándose la Propiedad del procedimiento como acusación particular. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado, en consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética.El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra.
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